Derecho Penal

Allanamiento de domicilio: requisitos legales y derechos del morador

El domicilio es inviolable (art. 18 CN): solo puede allanarse por orden judicial fundada, con los requisitos que fija la ley. Los defectos del allanamiento contaminan la prueba obtenida y pueden definir la suerte de una causa.

Requisitos de la orden

Orden escrita de juez competente, fundada, que identifique el lugar, la finalidad y las cosas o personas buscadas. Los allanamientos sin orden solo se admiten en supuestos excepcionales taxativos (por ejemplo, para impedir un delito en curso). El horario y las formalidades de ejecución también están reglados.

Derechos durante el procedimiento

El morador tiene derecho a leer la orden, a presenciar el registro junto con testigos, a que se labre acta detallada de lo secuestrado y a recibir copia. No está obligado a declarar ni a aportar claves de dispositivos. Conviene registrar mentalmente (y luego anotar) cómo se desarrolló el procedimiento: cada irregularidad es material de defensa.

La regla de exclusión

La prueba obtenida en violación de garantías constitucionales es inválida, y también lo es la que deriva de ella (doctrina del fruto del árbol venenoso, receptada por la CSJN a partir de precedentes como “Rayford”, Fallos 308:733). El planteo de nulidad del allanamiento puede derrumbar la acusación completa.

Qué hacer después

Consultar de inmediato con el acta de allanamiento en mano. La reconstrucción del procedimiento —orden, ejecución, testigos, cadena de custodia de lo secuestrado— es de las primeras tareas de una defensa seria.

Nota: este artículo es informativo y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre su caso concreto. Ante una situación real, consulte con un abogado matriculado.

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