Derecho Penal

Delitos informáticos y grooming (art. 131 CP)

En los delitos informáticos la prueba es técnica: capturas, extracciones forenses, registros de conexión. Una defensa seria exige controlar cómo se obtuvo, preservó y analizó esa evidencia, porque los defectos en la cadena de custodia y en la pericia definen el caso.

Control forense de la evidencia digital

Se examina la legalidad de la obtención (secuestros, aperturas de dispositivos, requerimientos a proveedores), la integridad de la cadena de custodia y la metodología pericial: herramientas utilizadas, hash de las imágenes forenses y trazabilidad de los archivos.

Estrategia en juicio

La experiencia del estudio en este tipo de causas incluye el interrogatorio técnico de peritos y la impugnación de conclusiones que exceden lo que la evidencia digital permite afirmar.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el grooming?

Es el contacto con una persona menor de edad por medios digitales con el propósito de cometer un delito contra su integridad sexual (art. 131 CP). La configuración del tipo exige elementos precisos que la defensa debe controlar.

¿Pueden revisar mi teléfono sin orden judicial?

Como regla, el acceso al contenido de dispositivos requiere orden judicial. La prueba obtenida ilegalmente puede ser excluida del proceso.

¿Qué importancia tiene la pericia informática?

Es central: la defensa puede proponer perito de parte, controlar los puntos de pericia y cuestionar la metodología y las conclusiones del informe oficial.

¿Necesita asistencia jurídica?

La primera consulta permite evaluar su caso y definir la estrategia. Respuesta rápida por WhatsApp.