Derecho Penal

Defensa en causas de estupefacientes: las claves del caso

Las causas por infracción a la Ley 23.737 tienen una característica: casi todo el caso depende de cómo nació. El procedimiento inicial —la requisa, el allanamiento, la detención— concentra los puntos débiles de la acusación.

La legalidad del procedimiento inicial

¿Existía causa razonable para la requisa? ¿La orden de allanamiento estaba fundada? ¿Las “tareas de inteligencia” previas fueron legales? La prueba obtenida con vicios de origen es excluible, y con ella cae lo que derivó de ella.

La calificación define la pena

Entre la tenencia para consumo personal, la tenencia simple y la tenencia con fines de comercialización hay diferencias de años de prisión. La cantidad, el fraccionamiento y los elementos de contexto se discuten pericial y jurídicamente: la calificación fiscal inicial no es definitiva.

La doctrina Arriola

La CSJN declaró inconstitucional la punición de la tenencia para consumo personal que no trasciende a terceros (“Arriola”, Fallos 332:1963). Su aplicación exige un planteo técnico sobre las circunstancias concretas del caso.

¿Fuero federal o provincial?

Desde la adhesión de la Provincia de Buenos Aires a la Ley 26.052, el narcomenudeo tramita en el fuero provincial, mientras el tráfico de mayor escala permanece en el federal. La competencia también se litiga: no es un dato neutro para la defensa.

El estudio litiga causas de estupefacientes en ambos fueros, incluida la vía recursiva ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Nota: este artículo es informativo y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre su caso concreto. Ante una situación real, consulte con un abogado matriculado.

¿Necesita asistencia jurídica?

La primera consulta permite evaluar su caso y definir la estrategia. Respuesta rápida por WhatsApp.